En 2025, los permisos por nacimiento y cuidado del menor en España se mantienen con una duración de 16 semanas para cada progenitor. Aunque se ha propuesto su ampliación a 20 semanas, esta medida aún no se ha implementado debido a la falta de acuerdo en los Presupuestos Generales del Estado.
Actualmente, los 16 semanas de permiso se distribuyen de la siguiente manera:
La prestación por nacimiento y cuidado del menor unifica desde 2019 las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad. Puede solicitarse de las siguientes maneras:
La ampliación de los permisos de maternidad y paternidad a 20 semanas sigue siendo una meta pendiente en España. Por ahora, el país se posiciona como uno de los más avanzados en la equiparación de permisos para ambos progenitores, garantizando un cuidado equitativo y responsable del menor. Este avance refuerza el compromiso de las políticas públicas con la conciliación familiar y laboral, ofreciendo a las familias herramientas clave para asegurar el bienestar de los más pequeños.
Uno de los pasos más importantes tras el nacimiento de un bebé es su inscripción en el Registro Civil. Este trámite es obligatorio y debe realizarse en un plazo de 10 días desde el nacimiento, aunque este límite puede ampliarse a 30 días en casos de fuerza mayor. La inscripción garantiza la identidad legal del bebé y registra detalles fundamentales como el lugar, la fecha y la hora de nacimiento, el sexo, el nombre y la filiación del recién nacido.
Este trámite puede realizarse en el Registro Civil del lugar de nacimiento o del domicilio de los progenitores. Además, desde 2015 es posible inscribir al bebé directamente en la mayoría de hospitales, tanto públicos como privados, antes de recibir el alta médica, simplificando el proceso para los padres. Una vez realizada la inscripción, el bebé recibirá el Certificado Literal de Nacimiento, documento esencial para otros trámites posteriores como la obtención de la tarjeta sanitaria o el empadronamiento.
Además del Registro Civil, los padres deben llevar a cabo otros trámites importantes:
El permiso parental permite a los progenitores cuidar de su hijo o menor acogido durante un periodo no superior a 8 semanas, continuas o discontinuas, hasta que el menor cumpla 8 años. Este permiso es intransferible y puede disfrutarse de manera flexible (a tiempo completo o parcial). Aunque se ha propuesto remunerar 4 de estas semanas, esta medida aún no ha entrado en vigor.
Ambos progenitores tienen derecho a una hora de ausencia laboral para el cuidado del lactante hasta los 9 meses. Esta reducción puede dividirse en dos fracciones, acumularse en jornadas completas según convenio colectivo o acuerdo con la empresa, y debe preavisarse con al menos 15 días de antelación.
De los 9 a los 12 meses, los progenitores pueden reducir su jornada laboral en media hora diaria con la correspondiente reducción salarial. Esta reducción no es transferible entre progenitores.
Los trabajadores pueden solicitar una excedencia para el cuidado de cada hijo o menor acogido. Los tres primeros años de excedencia se consideran cotizados para el cálculo de prestaciones futuras.
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